ANA LÓDOLO DE COIZ, luego DE BIGOT.

ANA LÓDOLO DE COIZ, luego DE BIGOT.
ANA LODOLO DE COIZ, un símbolo de la imigración friulana, llegada a la Colonia 3 de Febrero en 1879

jueves, 6 de mayo de 2010

LAS DEUDAS QUE CONTRAJO VICENTE DEL CASTILLO

El 19 de setiembre de 1861 el Presidente Derqui se dirigió a Rosario para organizar su defensa contra los porteños y el Congreso Nacional declaró el estado de sitio en todo el país luego de los sucesos de Pavón (donde la tropas de Mitre derrotaron a las de Urquiza); el vicepresidente, General Juan Antonio Pedernera, se hizo cargo del Poder Ejecutivo "con penurias económicas más acentuadas que nunca".
Pedernera asumió la Presidencia el 5 de noviembre, luego de aceptarse la renuncia presentada por Derqui e inmediatamente le solicitó a Ricardo López Jordán "que consiga $ 12.900 para pagar a los maquinistas de la escuadra", suma que aportó el General Urquiza. El 1º de diciembre el Gobierno de Entre Ríos desde Concepción del Uruguay mediante una Ley reasumió "el ejercicio de la soberanía que le era propia, en toda su plenitud", dándole la espalda al gobierno de la Confederación y... " desligándose de las cuestiones nacionales; y custodiará las pertenencias oficiales y administrará las aduanas hasta que, reorganizados los poderes, la Nación satisfaga la deuda con la Provincia..."
El 2 de diciembre de 1861 Urquiza reasumió el Gobierno de Entre Ríos en Concepción del Uruguay y envió como Jefe Político a la ciudad de Paraná al general Francia, quién había de recibir "en depósito las propiedades del Gobierno Nacional..." El Presidente Pedernera se enteró de esta noticia terminal el 5 de diciembre.
Pese a la virtual cesación del Gobierno de la Confederación Argentina, el 4 de diciembre "el Ministro de Hacienda Don Vicente del Castillo obtuvo en la víspera de varios prestamistas, representados por el Sr.: Ramón Puig; la suma de $ 10.290 para el pago del personal de la escuadra, compromiso éste y otros anteriores reconocidos como deuda nacional al hipotecarse el nuevo edificio de la Casa de Gobierno. El 10 el mismo ministerio adjudica una sumaca (embarcación de dos velas para cabotaje) a Prudencio del Castillo (hermano del Ministro) en compensación de perjuicios sufridos en servicio del gobierno..."
Finalmente, el 12 de diciembre de 1861, con la firma de Juan Esteban Pedernera, Nicanor Molinas, José S. de Olivos y Vicente del Castillo firmaron el Acuerdo que puso término al Gobierno de la Confederación Argentina, declarándose "En Receso".
Así planteadas las cosas hacia fines de 1861, es dable comprobar las dificultades económicas por las que atravesó la Confederación hasta su disolución, lo que obligó a su Ministro del Castillo a realizar compromisos desesperados y extralimitados tratando de salir del paso.
Según un testimonio de Escritura Pública de Hipoteca otorgado por el Gobierno Nacional Argentino a favor del prestamista Ángel Brugo y Cía. el 9 de diciembre de 1861, el Subsecretario del Interior, don Salvador Espeleta, y el Ministro de Hacienda, don Vicente del Castillo, hipotecaron el Palacio de Gobierno Nacional por 36.969 pesos bolivianos con 78/100, asegurando que el mismo no sería enajenado por ninguna autoridad hasta que se satisfaga el pago de esa suma, quedando asentada esa escritura en el Libro 1º de Hipotecas del escribano Casiano Calderón, año 1861/1862.
En un anexo de esa escritura aparecía en la lista de acreedores como uno de los más importantes Ángel Brugo y Cía., con $2.584 oro, prestados el 17/08/1861 y $ 485,15 oro prestados el 3/9/1861.
El mismo día que se iba el Gobierno de la Confederación, el 12 de diciembre de 1861, el Ministro a cargo de Interior, don Nicanor Molinas, en representación del Gobierno Nacional ordenó que el siguiente acuerdo fuese reducido a escritura pública. El citado Acuerdo decía textualmente:
"Paraná, 9 de diciembre de 1861, el Vicepresidente de la República, en ejercicio del Poder Ejecutivo, considerando, Primero: Que el actual Ministro de Hacienda Don Vicente del Castillo ha contraído bajo su responsabilidad varios empréstitos para atender las urgencias del Estado, y no siendo justo que los servicios desinteresados de dicho funcionario sean desatendidos por el Gobierno ni que deba responder él con su peculio a obligaciones contraídas a nombre del Gobierno, oído el Concejo de Ministros, Acuerda y Decreta: Artículo Primero: Constitúyese en formal hipoteca el Palacio de Gobierno con todos sus enseres al pago de la cantidad de treinta y seis mil novecientos sesenta y nueve pesos, setenta y ocho centésimos, a que ascienden los créditos contraídos por S.E. el Señor Ministro de Hacienda Don Vicente del Castillo. Artículo Segundo: Comuníquese por el Ministerio del Interior esta resolución al Exmo. Gobierno de Entre Ríos, adjuntándole una relación detallada de los compromisos a que se refiere el presente Acuerdo, rogándole se sirva amortizar con los fondos de la provincia las cantidades a que asciende dicho empréstito. Artículo Tercero: Queda a cargo de la Nación indemnizar a la Provincia de Entre Ríos de las erogaciones que haga con este objeto. Artículo Cuarto: comuníquese y dese al Registro Nacional. Pedernera. Nicanor Molinas. José S. de Olivos. Vicente del Castillo."
Fue extendida una copia de este escrito público "...a pedimento de Don Vicente del Castillo para resguardo del interesado Don Ángel Brugo y Cía. doy signo y firmo la presente a catorce de enero de mil ochocientos sesenta y dos. Casiano Calderón...".

Es realmente curioso que Ángel Brugo, acreedor del disuelto Gobierno de la Confederación Argentina, resultase ser el padre de Juan José y Carlos Antonio Brugo, quienes posteriormente tuvieron tanto que ver con la Colonia “3 de Febrero” y con los campos de sus alrededores que, de a poco, fueron quedando en su poder mediante las concesiones que les hacían desde el Gobierno Provincial, al que estaban estrechamente ligados desde los "clubes políticos" y de “Artesanos” de la masonería local a los que pertenecían.
Lo que queda comprobado es la apremiante situación económica a la que se vio sometido Don Vicente del Castillo desde 1862, que derivó en su Concurso Preventivo de Bienes y, luego, en el Remate de todos ellos. El expediente del juicio que le llevó adelante el Juez Pedro Lucas Funes no fueron guardados en archivo por lo cual no se puede tener mayores datos sobre las razones precisas para que Vicente del Castillo haya tenido que pagar con su patrimonio los compromisos de la disuelta Confederación Argentina lo que, sin dudas, debería ser materia de una investigación más profunda.
Sin embargo, en la columna “ENTRE RIOS. FECHAS Y HECHOS” del diario La Acción de Paraná del 25 de setiembre de 1949, el historiador hace una referencia mas clara sobre este tema: “El 25 de setiembre de 1869 fallecía en Paraná uno de sus hijos meritorios, patriota y abnegado que tal fue don Vicente del Castillo. Una sola referencia bastará para señalar sus merecimientos. Cuando el gobierno de la Confederación Argentina experimentaba angustiosos apremios económicos, del Castillo dirigía la hacienda pública y como medio de superar tamañas dificultades y atender las urgentes exigencias de la administración y siendo poseedor de una importante fortuna, otorgó un préstamo hipotecario a favor de la Casa de Gobierno (Escuela Normal), para resarcirse de los gastos que había efectuado. Esta operación no fue reconocida por el gobierno nacional, ejercido por Mitre, lo que decretó la ruina económica de del Castillo, quién se vio obligado a entregar sus estancias y su casa a los acreedores y dedicarse a la enseñanza particular, fundando una escuelita para hacerse de recursos para vivir. Del Castillo había sido diputado, ministro, gobernador delegado, etc.”.
También ratifica que fue el Gobierno Nacional presidido por Mitre el responsable de la ruina de Don Vicente del Castillo el hecho de que el 3 de setiembre de 1862 el Gobernador le otorgó una beca a su hijo Lucilo “por sus antecedentes honrosos de notorios sacrificios hechos en servicios del país y que han dado por resultado su ruina casi completa, haciendo un acto de merecida justicia, se acuerda y decreta: una onza de oro por mes para que curse en la Facultad de Medicina de Buenos Aires” . Asimismo, el 30 de abril de 1863, una Ley autorizó al Poder Ejecutivo para que a la brevedad posible solicite al Eximo. Gobierno Nacional el pago de la deuda de la Nación a favor de la Provincia, lo nunca fue cumplido desde Buenos Aires.
De esta manera, los campos de don Vicente del Castillo pasaron a ser del Fisco Provincial o del Estado Provincial desde 1866 y hasta el 1º de junio de 1878.

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